La actual convocatoria con cargo al IRPF-2012:
Permite el acceso a la condición de beneficiario de las subvenciones a todas las entidades, cualquiera que sea su implantación territorial (estatal, autonómica, provincial y local), que reúnan los requisitos establecidos. (Los requisitos no han sufrido modificación).
Con carácter general, se requiere que la ejecución material de los programas a financiar esté localizada en distintas comunidades autónomas, y cuando estuviera sólo en una, únicamente podrá obtener subvención si el programa fuera declarado de interés general por la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se ejecutara la actividad. En este caso, la referida declaración de interés general no ha de ser solicitada por la Entidad, pues la Comunidad Autónoma en la que se realice el programa la emitirá en el informe que, a petición de la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, ha de cumplimentar en relación a los criterios objetivos de valoración.
La distribución de los recursos para la atención de necesidades sociales de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se destina en el año 2012, a financiar los programas que se relacionan para cada uno de los colectivos siguientes:
- Infancia y familia
- Jóvenes
- Mujeres
- Personas mayores
- Personas con discapacidad
- Personas con problemas de drogodependencia
- Pueblo gitano
- Personas migrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional
- Personas afectadas por VIH/SIDA
- Personas reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas
- Inclusión social
- Promoción del voluntariado
- Fondo destinado a paliar situaciones de emergencia social
Crédito de la convocatoria disponible de 104.973.880 euros, pero puede verse incrementado en una cuantía adicional que se estima en 98.306.620,39 euros.
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